LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA AMPLIÓ LOS MECANISMOS DE ALIVIO FINANCIERO

La Junta de Política y Regulación Financiera amplió los mecanismos de alivio financiero

 

Considerando la disminución de la capacidad de pago de los deudores del sistema financiero, producto de la emergencia del sector eléctrico nacional, la Junta de Política y Regulación Financiera (JPRF), mediante Resolución No. JPRF-F-2024-0123, del 5 de noviembre de 2024, amplió los mecanismos de alivio financiero que se encontraban vigentes, con el propósito de facilitar el pago de sus obligaciones.

 

La norma emitida permite a los socios y clientes de bancos, cooperativas de ahorro y crédito, y mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, que se encuentran al día en sus obligaciones, aplazar el pago de sus cuotas hasta por 90 días; este mecanismo podrá aplicarse hasta el 31 de marzo de 2025, plazo que se espera se solucione el estiaje que ha generado la crisis energética.

 

La posibilidad de diferimiento se podrá realizar por solicitud del cliente, o por iniciativa de la entidad financiera, en cuyo caso se requerirá la aceptación del deudor; la aplicación de este mecanismo no contempla el cobro de costos legales, tarifas e interés por mora.

 

Para los clientes que se encuentren en mora en el pago de sus obligaciones, la normativa de la JPRF, ya contempla mecanismos para que los deudores puedan acceder a procesos extraordinarios de refinanciación y reestructuración de sus obligaciones, para lo cual las entidades financieras deberán analizar la situación del deudor, pudiendo otorgar periodos de gracia y nuevos recursos, con el propósito de apoyar a la reactivación de los sectores económicos.

 

Para garantizar la aplicación correcta de estas disposiciones, la norma contempla que las Superintendencias de Bancos y del Sector Financiero Popular y Solidario, realicen el seguimiento correspondiente, de manera similar a los anteriores mecanismos de alivio financiero que han sido regulados por la JPRF.

 

Resolución No. JPRF-F-2024-0123, del 5 de noviembre de 2024 AQUÍ

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