ALIVIO PARA DEUDORES DEL SISTEMA FINANCIERO
La Junta de Política y Regulación Financiera (JPRF), con el fin de favorecer al deudor del sistema financiero y fomentar la reactivación económica y productiva del país, aprobó la Resolución Nro. JPRF-F-2024-0120 en la que se establece la posibilidad de que las instituciones financieras consideren, caso por caso, la conveniencia de otorgar medidas de alivio financiero a sus deudores, a través de la reestructuración y refinanciamiento de deudas, con la facultad de otorgar períodos de gracia y nuevos recursos para los deudores de los sectores Financieros Público, Privado y Popular y Solidario.
Este alivio puede incluir medidas como:
- Refinanciamiento y reestructuración de créditos: Las entidades financieras de los sectores financieros público, privado y del sector financiero popular y solidario considerarán, caso por caso, refinanciar o restructurar las operaciones de crédito que presenten saldos vencidos entre desde el 10 de agosto de 2023 y el 30 de agosto de 2024, previo acuerdo con el deudor y por solicitud de éste. Estos mecanismos se podrán aplicar por una ocasión adicional a lo estipulado en la norma;
- Períodos de gracia y eliminación de cargos adicionales: Las entidades financieras durante los procesos de refinanciación o reestructuración analizarán otorgar períodos de gracia, no cobrar gastos de cobranza, costos legales y tarifas;
- Consolidación de deudas: Para el refinanciamiento o reestructuración de créditos, se podrá efectuar la consolidación de todas las deudas que el sujeto de crédito mantenga con la entidad al momento de instrumentar la operación, salvo casos excepcionales que determine el deudor o la entidad financiera acreedora;
- Modificación de condiciones de crédito: Las entidades de los sectores financieros público, privado y popular y solidario, por solicitud y aceptación de los clientes, podrán modificar las condiciones originalmente pactadas para los créditos previo análisis individual de cada caso;
- Nuevos recursos: Los nuevos recursos generarán una nueva operación de crédito que será registrada con la calificación de riesgo “A1” al momento de su instrumentación y, mientras se mantenga al día en sus pagos. Esta nueva operación no se sujetará a las normas de homologación de operaciones de crédito.
Es importante destacar que estas medidas de alivio financiero, serán aplicables a cualquier deudor, que haya disminuido su capacidad de pago, más no su voluntad de honrar el crédito recibido.
Esta resolución se enmarca en la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo en la que se dispone que, en el ámbito de sus competencias, la Junta de Política y Regulación Financiera (JPRF) establezca normativa que permita a las instituciones del Sistema Financiero Nacional ofrecer procesos y condiciones especiales como solución de obligaciones para quienes no han podido cumplir con sus obligaciones financieras.
La Junta Financiera mantiene su compromiso de favorecer a los distintos sectores y entidades financieras buscando alternativas viables para que enfrenten los distintos desafíos, y a la vez promover el bienestar financiero, la estabilidad y el crecimiento económico.